Exenciones ETIAS

El nuevo requisito para entrar en el espacio Schengen que afecta a, hasta ahora, 59 países libres de visado, llamado ETIAS por sus siglas en inglés, European Travel Information and Authorization System, contempla una serie de exenciones que se distinguen de otras autorizaciones de viaje como la del ESTA para entrar en los Estados Unidos. Una de estas exenciones afecta a la tasa que se paga para la obtención del formulario, 7€ que no tendrán que pagar los viajeros menores de 18 años y mayores de 70, mientras que el formulario ESTA obliga a pagar la tasa de 21$ a cada titular del documento de viaje, normalmente un pasaporte, incluidos los bebés.
¡Pero… mucho cuidado! No tener que pagar la tasa no significa que no haya que presentar la solicitud ETIAS, todos y cada uno de los viajeros, independientemente de la edad, tendrá que presentarla y facilitar toda la información que se solicita, si su destino es algún país dentro del espacio Schengen, incluidos Croacia, Chipre, Bulgaria y Rumanía.
La tasa de 7€ se paga electrónicamente al final del formulario después de rellenarlo con toda la información que se solicita. El medio de pago es con tarjeta de débito/crédito integrado dentro del sistema del formulario, y no estará formalmente presentado hasta que se haya pagado la tasa. Se tendrá en cuenta los medios tecnológicos de los países solicitantes en caso de que no haya acceso a algún método de pago. De momento la plataforma de pagos Paypal no está incluida.
Otras exenciones al ETIAS autorización de viaje, que no es necesario para las siguientes personas:
- Ciudadanos de cualquier país europeo que requiera ETIAS.
- Ciudadanos de países que necesitan visado para entrar en espacio Schengen
- Ciudadanos del Reino Unido acogidos al Acuerdo de Retirada de la Unión Europea.
- Ciudadanos de los siguientes países: Andorra, San Marino, Mónaco, la Santa Sede (Estado Ciudad Vaticano) e Irlanda.
- Refugiados o personas sin estado poseedores de un documento de viaje emitido por alguno de los países que requieran ETIAS.
- Cualquier persona que posea residencia, tanto tarjeta como permiso, emitido por un estado miembro de ETIAS.
- Personas que tengan alguno de los visados al espacio Schengen, incluidos los visados diplomáticos, por servicio o por pasaportes especiales.
Una opción muy interesante del formulario ETIAS, que más que una exención es una excepción, consiste en la posibilidad de que algunos viajeros puedan solicitar un ETIAS de validez limitada. ¿En qué casos se puede solicitar este tipo de autorización de viaje? Se deben cumplir estos dos requisitos:
- Es necesario viajar por motivos humanitarios o para atender obligaciones importantes.
- La solicitud ha sido rechazada, anulada o revocada, o cree que ese será el resultado una vez presentada.
La decisión final sobre este tipo de solicitud ETIAS llamada de validez limitada, recae exclusivamente en el Estado miembro que requiere ETIAS al que el solicitante va a viajar. Algunas de las circunstancias que podrán tomarse en consideración son las siguientes:
- Enfermedad terminal del solicitante o de familiar directo
- Atender a un funeral
- Casos médicos urgentes o severos
- Atender a conferencias intergubernamentales
- Citación en juzgado
- Entrar en tránsito con estancia temporal
Cualquiera que sea el resultado de este tipo de solicitudes y de todas las demás solicitudes del formulario ETIAS, será comunicado al interesado a través del email que facilitó en su solicitud.