¿Qué viajeros no tienen que pasar por EES?

Cuando la nueva normativa europea, sobre cómo los nacionales de 60 países deben entrar en el espacio Schengen, eche a andar, el sistema EES debe estar ya funcionando en todos los aeropuertos involucrados. Pero hay viajeros que NO tienen que pasar por este trámite.. ¿Quiénes son? a continuación detallamos estos casos:
– Los nacionales de terceros países titulares de una tarjeta de residencia que tengan un vínculo de parentesco directo con un ciudadano de la UE.
– Nacionales de los propios países europeos que utilizan la EES, así como de Chipre e Irlanda.
– Los nacionales de terceros países titulares de una tarjeta de residencia o de un permiso de residencia que tengan un vínculo de parentesco directo con un nacional de un tercer país pueden viajar por Europa como un ciudadano de la UE.
– Nacionales de Andorra, Mónaco y San Marino y titulares de un pasaporte expedido por el Estado de la Ciudad del Vaticano o de la Santa Sede.
– Los nacionales de terceros países que viajen a Europa en el marco de un traslado dentro de una empresa o con fines de investigación, estudios, formación, voluntariado, intercambio de alumnos o proyectos educativos y au-pair.
– Personas exentas de controles fronterizos o a las que se han concedido determinados privilegios en materia de controles fronterizos (como jefes de Estado, trabajadores transfronterizos, etc.).
– Las personas que no están obligadas a cruzar las fronteras exteriores únicamente en los pasos fronterizos y durante las horas de apertura establecidas.
– Las personas titulares de un documento válido de tránsito ferroviario facilitado o de un documento válido de tránsito facilitado, siempre que viajen en tren y no desembarquen en ningún lugar del territorio de un Estado miembro de la UE.
– Personas titulares de un permiso válido de tráfico fronterizo menor.
– Miembros de la tripulación de trenes de pasajeros y mercancías en trayectos de conexión internacional.
– Titulares de permisos de residencia y visados de larga duración.